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Cumpliendo escrupulosamente lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y demás disposiciones vigentes dictadas en desarrollo y aplicación de aquélla, la Asociación de Interpretes de la Canción Asturiana(AICA) se constituye como asociación sin ánimo de lucro en Gijón.  Tiene como fines: el estudio, defensa y divulgación de la Canción Asturiana, en todas sus formas y posibilidades, tanto tradicionales como de nueva creación. 

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